Política de trasnsparencia
Titular web: Arç Corredoria d’Assegurances, SCCL Dirección: C/ Casp, 43 entresuelo 1ª E-mail: seryes@seryes.com Teléfono: +34 934 234 602 CIF: F58302001 Registro
QUÉ CRITERIOS UTILIZAMOS PARA ELEGIR Y COMPARAR DE LOS PRODUCTOS DE LAS COMPAÑÍAS ASEGURADORAS
Los corredores/corredurías de seguros, son los únicos profesionales titulados y facultados para asesorarle desde la más estricta independencia e imparcialidad, respecto de las entidades aseguradoras. Es por ello, que el asesoramiento que sometemos a su consideración ha sido basado en un análisis objetivo, consistente en analizar de forma generalizada contratos de seguros ofrecidos por un número suficiente de entidades aseguradoras que operan en el mercado, considerando qué corresponde a su petición y su perfil dentro de una valoración de méritos para buscar una correcta recomendación personalizada de cobertura a sus requerimientos y necesidades.
Es por ello por lo que negociamos acuerdos de distribución con las entidades aseguradoras, generalistas y especialistas, que son capaces de ofrecer los mejores productos aseguradores, Pudiendo proponer la mejor alternativa adecuada a sus necesidades. Aparte de la experiencia ganada durante años y el conocimiento que poseemos del sector, los criterios que han sido tenidos en cuenta en para elegir a las Compañías Aseguradoras con las que establecer relaciones mercantiles, al objeto de proceder a la colocación de los riegos se basarán en las siguientes premisas:
Analizamos la solvencia de la entidad sobre la que se pretende distribuir sus productos y que posean autorización administrativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
Examinamos los condicionados de las pólizas de aquellos a los Ramos de seguro que sean de interés para nuestros clientes, revisando las coberturas, exclusiones, franquicias, precios y restantes condiciones, además de valorar aspectos como el servicio, la atención la gestión en caso de siniestro.
ENTIDADES ASEGURADORAS SOBRE LAS QUE OFRECEMOS PRODUCTOS Y LA RELACIÓN CONTRACTUAL CON EL DISTRIBUIDOR
De acuerdo con la normativa de distribución de seguros, pactamos las mejores condiciones para la distribución de productos con las compañías aseguradoras sin que estos contratos puedan en ningún caso afectar a nuestra independencia como asesores. Ya que el corredor realiza su labor a favor del cliente y no de la compañía.
Derivados de estos acuerdos mercantiles ofrecemos a los potenciales tomadores la posibilidad de suscribir productos aseguradores con las siguientes compañías. Atlantis, Allianz, Asefa, Axa, Chubb, Das, Fiatc, Mapfre, Previsora General, Lagunaro, Mutua De Propietarios, Reale, Prevision Mallorquina…
QUÉ COSTE TIENE EL SERVICIO QUE PROPORCIONAMOS
En principio el servicio que prestamos no tiene costes para el cliente. Tal y como marca la normativa que regula nuestra actividad, la remuneración que percibe el corredor de seguros de la aseguradora tiene la forma de comisiones.
En algún caso, por complejidad del producto o como en la venta de productos de inversión basados en seguros, se podría pactar con el cliente el cobro de honorarios por escrito y se informará previamente del importe o de la manera de calcularlo, expidiendo en este caso una factura independiente del recibo de prima.
SI EL PRECIO DEL SEGURO QUE FIGURA AL FINAL DE PROCESO ESTÁ O NO GARANTIZADO
Para la contratación a distancia informaremos siempre del precio final de la prima del seguro.
SEGUROS CONTRATADOS A DISTANCIA
Se reconoce a los tomadores el derecho a desistir del contrato sin indicación de los motivos y sin penalización alguna siempre que:
NO se trate de contratos en los que el tomador asume el riesgo de la inversión o en los que la rentabilidad garantizada esté en función de las inversiones asignadas al contrato (seguros unit-linked).
NO se trate de seguros de viaje o equipaje de duración inferior a un mes.
NO se trate de seguros de duración inferior al plazo previsto para desistir.
NO se trate de seguros obligatorios para el tomador.
NO se trate de planes de previsión asegurados (contratos de seguro de vida con idéntico funcionamiento y finalidad que los planes de pensiones).
La voluntad de desistir se envíe al asegurador, en papel u otro soporte duradero, en un plazo de 14 días (no vida) o 30 días (vida), a contar desde que se notifique al tomador que el contrato se ha celebrado o desde la recepción de la información contractual si esta recepción fuese posterior.
EN CASO DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
Existe un Servicio de Atención del Cliente de los Servicios de Mediación de Seguros, tal como establece la ley de distribución de seguros que en nuestro caso se encuentra externalizado, siendo prestado por la firma Hebrero y Asociados, con domicilio en Madrid, C/ Barceló nº1. Tu reclamación se resolverá, en todo caso, en el plazo máximo de dos meses.
Si la resolución no satisface tu interés o no recibieras contestación en plazo puedes dirigirte al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones:
En soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos